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La Dra. Sanders Bruletti afima que la Bioética moviliza la libertad
de acción y el orden de la moral humana. Eps Salud agradece la
deferencia de esta investigadora argentina para brindar la
publicación de este valioso trabajo ofrecido en el I Congreso
Internacional de Bioetica- España, que cumple con uno de nuestros
objetivos, humanización en la divulgación cientifica.
Dignidad humana y bien
común en el ámbito de la bioética
"
El dilema de la dignidad humana
y el bien común en la vida terrenal "
"El hombre es una
miniatura de cristal
que debe amoldarse a la
idea lujosa de la naturaleza"
INTRODUCCIÓN
En
el presente ensayo hemos tomado temáticas de corte bioético para
observar como se utilizan los fines de los valores en relación a los
propósitos del hombre. Teniendo en cuenta que el valor es un
criterio orientador en la vida del hombre a partir del cual deben
diseñarse todas las políticas generales y legislativas en el marco
de un consentimiento informado (C.I.), una práctica clínica o una
investigación científica, como cualquier otra aplicación tecno-
científica valiosa.
Las
normas jurídicas y los principios bioéticos así elaborados tienen
una relación incuestionable con lo moral y lo político. En ocasiones
las relaciones armoniosas entre los valores sustentados por tales
principios se pone en crisis frente a una situación particular, los
llamados casos difíciles en la teoría jurídica, y se debe optar por
uno de ellos. Para tal cometido se utiliza un método y una lógica
propia de los valores para orientar la acción práctica y que resulte
eficaz. Sin olvidar que ante la pantonomía de los valores se
requiere de un fraccionamiento, es decir una selección y recorte de
los elementos a considerar o un desfraccionamiento.
Así
las cosas, el consentimiento informado como baluarte de cualquier
práctica bioética se presenta como una obligación de saber de los
sujetos comprendidos en la misma, como un instrumento y no como un
valor en sí mismo. Se trata de un valor construido y heterónomo, ya
que la vida es su primer y último elemento de protección y ella sí
es un valor autónomo en sentido kantiano porque vale por sí misma.
En
el desarrollo se observará como muchas veces la crisis axiológica y
social actual instala una neutralidad valorativa en este campo y
ofrece un dilema entre el bien común y la dignidad humana, cuando en
realidad debieran gozar de una coincidencia teórica y práctica en
una sociedad que se precie de entender al hombre como un fin en sí
mismo y que advierta que la vida del más acá es un valor con una
ponencia valorativa que no podemos cambiar de sentido de la mano de
la tecnología científica. Sin la humanidad vivida racionalmente y
dignamente bajo el ala del bien común del Estado y en el caso de los
profesionales de la biomedicina encargados de aplicarlo en sus
decisiones nada hay.
LA VIDA COMO PRIMER
VALOR A OBSERVAR
Conceptualmente
el consentimiento informado puede definirse como la conformidad o
asentimiento del paciente, madre y/o padre, tutor o encargado a
que se le realice o no, un procedimiento médico, terapeútico o
quirúrgico luego de haber recibido y “entendido” toda la información
necesaria para tomar una decisión libre e inteligente.
El
fundamento jurídico es el respeto de los derechos personalísimos ya
que es el derecho que asiste a los pacientes de poder conocer todo
aquello que deseen con el fin de tomar libremente la decisión de
continuar adelante o no, con la propuesta diagnóstica o terapéutica
del médico. La información recibida no debe ser un simple trámite
expresado en un formulario, sino una documentación de alto interés
personal y médico legal, que exprese no sólo la información médica,
sino fundamentalmente la comprensión y aceptación por parte del
enfermo y/o sus responsables, acerca de una temática atinente a su
vida.De tal manera que los pacientes y/o responsables deben estar
enterados de los diferentes procedimientos a realizarle;
especialmente los invasivos con riesgos potenciales y no sólo los
quirúrgicos.
De
acuerdo a las normas éticas internacionales para las investigaciones
biomédicas con sujetos humanos, de la OPS y de la OMS, deben
realizarse de conformidad con tres principios éticos fundamentales:
respeto por la persona, beneficencia y justicia. En el primero de
ellos se considera especialmente la protección de las personas
vulnerables en función de disminución de su autonomía, Este hecho
las coloca en una situación de vulnerabilidad, en el sentido de
incapacidad sustancial de proteger sus propios intereses, razón por
la cual se habrán de tomar medidas especiales de protección. Lo cual
determinará si una investigación médica es legítima o no lo es, para
ello deberá satisfacer los conceptos morales, éticos y legales.
Si la
vulnerabilidad es definida como la característica mostrada por un
individuo o grupo de personas cuando la capacidad de emitir juicios
o tomar decisiones ha sido comprometida y no puede ejercerse en
virtud de alguna incapacidad o posición en la vida, ante una
investigación lo primero es evaluar el grado de permisibilidad ética
de la misma.
Debido a
la doble o triple vulnerabilidad de los pacientes, y a los
imperativos motivacionales del investigador, la mayoría de los
autores consideran que en la investigación médico-clínica, el médico
tratante no debería ser el médico-investigador. Así, Thomasma y
Pellegrini sostienen al respecto que “la responsabilidad del
bienestar del paciente se ubica inequívocamente en un miembro
identificable del equipo de investigación y que si fuera necesario,
esa persona defendería el bien del paciente contra el bien de la
ciencia”.
En
cualquier investigación, debe existir un estudio de causa-efecto
bien planificado, contar con la aceptación de la comunidad clínica
en general como forma de terapia, con claro entendimiento de la
población afectada y discutido con el paciente o sujeto de la
investigación; salvo los casos de excepción señalados en las
normativas internacionales para la práctica clínica y las
investigaciones biomédicas, con sus respectivas formas de
sustitución de expresión del consentimiento.
Por
ello, un párrafo aparte merecen las situaciones de excepción,
ya que si se tratare de una urgencia con riesgo de vida, puede ésta
considerarse una justa causa para no realizar el CI. “En estas
situaciones, que configuran un estado de necesidad se debe ponderar
el valor vida por sobre la libertad, ya que sin vida
no hay posibilidad de libertad” (Consenso en la evaluación y
preparación prequirúrgica en pediatría. Asociación Civil Argentina
de Cirugía Infantil –ACACI_, 1999)
El
Consejo de Investigación Médica de Canadá planteó que para ser ética
una investigación debe ser científicamnete sólida, a fin de observar
que la integridad del método científico forma parte de la ética de
la investigación. Pero a la ciencia hay que sumarle la ética, porque
no siempre lo perfectamente científico es ético. En concordancia la
Declaración de Helsinki sostiene que :”el interés de la ciencia y la
sociedad nunca debe tomar precedencia sobre las consideraciones
relacionadas con el bienestar del sujeto”.
Frente a
la incompetencia del sujeto, la investigación debe estar relacionada
con la condición que afecta al sujeto de la clase a la cual
pertenece. El Belmont Report advierte que los sujetos deben
seleccionarse por razones directamente relacionadas con el problema
en estudio y no sencillamente debido a su fácil disponibilidad, su
fácil manejo o su posición comprometida. Por último, hay que decir
que todo investigador primero tiene que balancear los riesgos
potenciales y beneficios para el sujeto, luego para la clase a la
cual pertenece el sujeto, y finalmente, para la sociedad.(conf Decl.
Helsinki). Y con referencia a los ensayos clínicos que proporcionan
medicamentos nuevos a los sujetos y donde la disponibilidad del
tratamiento está de alguna manera relacionada con su participación,
debe aplicarse el principio del equilibrio clínico (equipoise), que
las intervenciones a prueba no deben ser diferentes en términos de
balance entre daños y beneficios.
Hay
que evitar, entonces, que el proceso del CI se vuelva en contra de
los intereses del paciente de no actuar en forma
inmediata.
En caso
de negativa por creencias religiosas, si bien deben ser respetados
todos los cultos, el derecho de negación encuentra límite en el
principio de daño a terceros, cuando la negativa pueda significar
riesgo de muerte. En la jurisprudencia Americana el interés del
Estado por el bienestar general de los niños, por ejemplo, prima
por sobre la autoridad de los padres a imponerles sus
convicciones morales (Armenteros Chaparro). Nuevamente se
advierte la preeminencia del primer valor: la vida.
Hay que
recordar que mucho antes de la existencia de normas expresas, fue en
el campo jurisprudencial donde se fue desarrollando gradual y
progresivamente la doctrina del C.I. El cual por su esencia y
asuntos no debe circunscribirse en el análisis al mero estudio y
confrontación de normas legales particulares, sino que éstas deben
ser interpretadas (y aplicadas) en forma sistemática, teniendo en
cuenta la unidad del orden jurídico y la ordenación jerárquica de
las normas en cada caso; siendo muy oportuna la intervención de los
comité de bioética de carácter interdisciplinario en la compleja
casuística bioética.
Por su
lado, la Declaración de Edimburgo , considerando la antigua
consigna de la Organización Mundial de la Salud "Salud para todos en
el año 2000”, propugna 12 principios. En su punto de partida sólo
admite que una intervención en el ámbito de la sanidad sólo podrá
efectuarse después de que la persona afectada haya dado su libre e
inequívoco consentimiento; que dicha persona deberá recibir
previamente una información adecuada acerca de la finalidad y la
naturaleza de la intervención, así como sobre sus riesgos y
consecuencias” (art.5º -regla general) y que en cualquier momento la
persona afectada podrá retirar libremente su consentimiento.
Al
tratar específicamente el caso de las personas que no tengan
capacidad para expresar su consentimiento, indica que sólo podrá
efectuarse una intervención a una persona que no tenga capacidad
para expresar su consentimiento cuando redunde en su beneficio
directo y con la debida autorización de su representante, de una
autoridad o de una persona o institución designada por la ley.
Pudiendo ser retirada la autorización, en cualquier momento, en
interés de la persona afectada.
Cuando, debido a una situación de urgencia, no pueda obtenerse el
consentimiento adecuado, podrá procederse inmediatamente a cualquier
intervención indispensable desde el punto de vista médico en
favor de la salud de la persona afectada, que no es otra cosa
que preferir el valor vida en su calidad de supremo. Y
respecto a los deseos expresados anteriormente serán tomados en
consideración con respecto a una intervención médica de un paciente
que, en el momento de la intervención, no se encuentre en situación
de expresar su voluntad. La autonomía del individuo en cuanto al
valor más preciado. Que puede entrar en conflicto con lo expresado
en el párrafo precedente frente a un dilema de la vida práctica.
De lo
antes reseñado se desprende el interés e importancia que han
demostrado respecto a los derechos del paciente las organizaciones
internacionales en la materia. Ya desde el fin de la Segunda Guerra
Mundial, organizaciones como Naciones Unidas, UNESCO o la
Organización Mundial de la Salud, la Unión Europea o el Consejo de
Europa, entre muchas otras , han impulsado declaraciones o en algún
caso, han promulgado normas jurídicas en tal sentido.
Entre
ellas, de una gran trascendencia es la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de 1948, que ha sido el punto de referencia
obligado para todos los textos constitucionales promulgados
posteriormente, y en el ámbito más estrictamente sanitario, la
Declaración sobre la Promoción de los Derechos de los Pacientes en
Europa, promovida en el año 1994 por la Oficina Regional para Europa
de la Organización Mundial de la Salud.
Últimamente cabe señalar la relevancia del Convenio del Consejo de
Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del
ser humano respecto a las aplicaciones de la biología y de la
medicina (Convenio sobre los derechos del hombre y la biomedicina),
suscrito el 4 de abril de 1997. Dicho convenio es una iniciativa
capital, es el primer instrumento internacional con
carácter jurídico vinculante para los países que lo suscriben y
su especial valía reside en el hecho de que establece un marco común
para la protección de los derechos humanos y la dignidad humana en
la aplicación de la biología y la medicina. Extensamente hace
referencia a los derechos de los pacientes, entre los cuales resalta
el derecho a la información, el consentimiento informado y la
intimidad de la información.
Lo que
se evidencia es un cambio de cultura jurídica en la relación
médico-paciente, que se manifiesta en la afirmación del principio de
la autonomía de la persona, que supone dejar al margen una relación
caracterizada por un sentido paternalista y regida por el principio
de beneficencia, para alcanzar una nueva situación, en la que el
paciente y sus derechos se configuren como los protagonistas.
En
consecuencia, se pretende hacer efectivo un derecho ya existente del
paciente: “ser dueño de su destino”. ¿Somos dueños?
En el discurso vulgar la reflexión es rápida; sin embargo si se
parte del sentido de la vida humana en relación con las técnicas
biológicas actuales, se debe tomar como punto de partida a la
siguiente articulación: “hombre como creador de la técnica frente a
la Naturaleza + definición críticamente elaborada del contenido de
la actitud técnica", el cual ha ido mutando con la evolución de los
sujetos históricos. Así, para Spencer y Comte el progreso era la
ley, para los matemáticos contemplar como poder explicar, para
Occidente tratar de instrumentar la trama social poniendo lo mejor
en lo útil, cuanto mas útil mejor - pragmatismo inconsciente y
paradójico - .
Hasta que surge el milagro, un progreso que sorprende al hombre con
el conocimiento de técnicas biomédicas aplicadas. Dominio –muchas
veces- del hombre contra el hombre, que determina la objetivación de
la criatura humana. Sin embargo la Declaración de la UNESCO, desde
una concepción kantiana,-en la medida que el hombre es un fin en sí
mismo-, entre sus principales ejes destaca la dignidad del ser
humano como tal y establece no discriminar por razones genéticas,
entre sus disposiciones. Por su lado, el sistema social en su
equilibrio divide a los individuos en adaptados y no adaptados.
Marco que declara adaptados a los que viven para aprender en lugar
de aprender para vivir.
En un mundo que funciona como sistema unitario, en una época del
para que (Heidegger) , se educa para la funcionalidad y no para la
dignidad y el amor.
Donde lo moral está al servicio del poder, donde interesa más la
sobrevivencia que la vivencia y se pregunta de que trabajas y no
quien eres. Confundiéndose la autonomía de la voluntad ética con
la idea de un individuo autónomo y libre que elige las normas
válidas según su conveniencia.
Porque hablar de ética y ponerla en marcha y de autonomía del hombre
implica hablar de libertad, donde lo ético plantea la acción o el
orden de la moral humana. Sin libertad se produce una anarquía de
valores, donde la persona pierde en su progresión humana su
dimensión de infinito.
Las sofisticadas técnicas biológicas producen un desplazamiento de
la ética y de la responsabilidad con la consecuente crisis
estructural de nuestra civilización.
El poder del hombre con sus notas omnipotentes, omniabarcantes y
autorreferentes, es decir con tendencias a justificarse por el bien
de la humanidad producen una ruptura de lo natural por lo
artificial.
Dominar la naturaleza es hoy el imperativo categórico, olvidándose
que a la naturaleza se la vence obedeciéndola, porque el objeto
imprime sus propias leyes.
Sin embargo, la pregunta actual no es sólo ¿qué es la vida ? sino
"como puedo manejarla". El ser que es vida es un microcosmos, la
naturaleza tiene su propia jerarquía y debe comprenderse como un
todo. Bajo la luz de un umbral ético, ni mínimo ni máximo, como no
hay moral máxima ni mínima, peor ni mejor, se es moral, amoral o
inmoral y ello determinará que las distintas conductas humanas sean
tildadas de morales o no por las distintas culturas en que se
presentan, proyectan y enmarcan; dado por la filosofía del hombre y
su formulación en los distintos instrumentos jurídicos nacionales e
internacionales, como cristalización de una conciencia de vida de la
humanidad.
La
ciencia enseña los signos pero requiere del respeto de la naturaleza
con dignidad.Por lo tanto, intervenir activamente en las raíces de
la vida y sus consecuencias éticas depende de como es la propia
intervención humana. Esta problemática se relaciona con las
peculiares características de la ciencia moderna, ligada de manera
creciente a un poder sobre las cosas y sobre el hombre mismo, en
estrecho vínculo e interdependencia con la tecnología. Donde el bien
común parece confundirse inclinándose hacia la tecnociencia, aunque
se trate de una práctica deleznable y antiética; como si la dignidad
del hombre hubiera abierto paso a su ausencia, otorgándole el poder
de decidir lo que no puede decidir porque es una simple criatura
humana.
La
vida, nuestra vida, no está en nuestras manos, no podemos intervenir
activamente en ella, se nos ha dado para ser vivida con dignidad y
de acuerdo al bien común supremo. En nuestra sociedad se hace
presente una tecnociencia omnicomprensiva y omnipresente;
supuestamente neutral y al decir de Hooft "asociada a la fe en la
virtud civilizadora, con sustento en la idea de progreso indefinido,
según el cual el desarrollo científico técnico equivale a progreso
humano"
En
toda esta problemática existe un tipo de racionalidad propia de la
ciencia que se caracteriza por sus facultades explicativas y
predictivas, con pretensión de un dominio absoluto sobre el curso de
los hechos de la naturaleza, generando una situación de crisis;
razón que está signada por un sentido unidireccional -propio de la
ciencia moderna, pero a la vez alejada de la razón como lógos- que
ofrece una visión reduccionista y unilateral de la realidad,
"racionalidad" que responde a una lógica que se traduce en un
creciente poder que se impone al hombre desde una "exterioridad";
que requiere, como bien señala Mandrioni que se aleje de los
peligros de la objetivación y disvalores implicados en relación a
los principios éticos.
Con
un tipo de razón que se asienta en lo instrumental, en una
racionalidad de fin, sin atender que en la razón que debe guiar las
investigaciones científicas humanas se debe distinguir lo racional
de lo razonable a la manera de Von Wright; porque no siempre lo
racional será también razonable. Lo racional tiene que ver con la
eficacia de medios para alcanzar un fin. Lo razonable se orienta
hacia valores que se refieren a la forma correcta de vivir,
apuntando a los juicios de razonabilidad.
Creo que la positiva aplicación de los descubrimientos de la tercera
ola dependerá del sentido cultural y filosófico de la existencia del
hombre sobre la faz de la tierra que al mismo tiempo marcará que
entiende por dignidad, principio esencial del ser humano.
Con
un interrogante ético en cada paso científico que abarque que
debemos hacer y como debemos ser.
En síntesis, a la vida como acto ético.-
QUE DICE LA FILOSOFIA
Pero hasta aquí hemos reflexionado nuestra
temática desde las aristas sociológicas y bioéticas; planteando
algunas articulaciones de carácter estrictamente ético. Resta aún
entrar al discurso filosófico propiamente dicho y desde allí arribar
al terreno axiológico.
Partamos del par: deber ser-idealismo
Veamos: el idealismo epistemológico sostiene la tesis de que no hay
cosas reales, independientes de la conciencia.
Al suprimir las cosas reales, sólo quedan dos clases de objetos, los
de la conciencia (sentimientos, etc.) y los ideales (objetos de la
lógica y de la matemática)
De donde resultan las dos formas del idealismo: el subjetivo o
psicológico y el objetivo o lógico.
Berkeley como exponente del idealismo subjetivo nos enseña que la
realidad está encerrada en la conciencia del sujeto, las cosas
-dice- son contenidos de conciencia. Tan pronto como las cosas
dejan de ser percibidas por nosotros, dejan también de existir. "El
ser de la pluma se agota en su ser percibido".
El idealismo objetivo o lógico toma como punto de partida la
conciencia objetiva de la ciencia. Donde el contenido está
constituido por la suma de pensamientos, de juicios. Considerando
a los objetos como engendrados por el pensamiento. Y llega a caer en
un panlogismo al reducir la realidad entera a algo lógico; tesis
sostenida por el neokantismo, especialmente por la Escuela de
Marburgo, cuyo fundador Herman Cohen afirma: "el ser no descansa en
sí mismo: el pensamiento es quien lo hace surgir"
Veamos ahora, la postura del maestro vienés, a través de éstos
postulados:
a)
El derecho en su sentido
subjetivo es un interés o una voluntad, que impide subsumir el
derecho subjetivo y el derecho objetivo bajo un concepto único.
b)
La noción de persona está
estrechamente ligada a la de derecho subjetivo, siendo en rigor de
verdad dos aspectos de una misma noción.
c)
Hay una función ideológica
entre las nociones de derecho subjetivo y de sujeto de derecho.
Nociones entre sí contradictorias, de derecho subjetivo y de sujeto
de derecho.
Y
sigue diciendo: " No es difícil comprender porqué la ideología del
derecho subjetivo se apoya sobre el valor moral de la libertad
individual y de la autonomía de la persona"
Por lo tanto, a partir del par: deber-ser idealismo epistemológico
planteado podemos sostener: Que la bioética debe apoyarse en la
moral individual y autónoma de la persona(idealismo lógico) con la
actuación funcional del deber ser ético. Preocupándose por
saber lo que es (realismo kelseniano) y lo que puede ser.
Ahora veamos otra posible posición al respecto:
Si
bien esta postura yerra al confundir valor con valoración. tiene
razón al afirmar que no puede separarse una de otra, porque los
valores no son sino que valen para alguien.
El alemán Johannes Erich Heyde, al plantear el tema de la
objetividad de los valores, entiende que la noción de valor es una
noción de relación y no de esencia. Puesto que en la realidad no
existen valores en sí sino valores para alguien ; por lo tanto el
valor funciona en esa realidad como una relación entre un objeto
de valor y un sujeto valorante. De tal modo que el carácter del
valor es subjetivo y relativo-.
La apreciación del valor se traduce en una función lógica, una
función del conocimiento. Hay una relación de correspondencia entre
el objeto y el sentimiento del valor. "Respecto al problema de la
razón del valor distingue entre el hecho sobre el cual se funda el
valor y el hecho en que el valor consiste. Así un valor puede
fundarse en la utilidad de un objeto pero no consistir en esa
utilidad; mas cuando el sentimiento de valor está unido al objeto a
causa de la utilidad que presta el mismo, entonces la utilidad es la
razón del valor del objeto" (Smith)
Llega así a un intelectualismo axiológico, desde el cual brinda una
base de objetividad de los valores y sostiene el carácter relativo
de los mismos. A partir de estas corrientes tomadas al azar,
considero que en torno al problema axiológico en la bioética, existe
un subjetivismo en la manera de no separación de valor y valoración,
ya que si bien son conceptos diferentes se incardinan necesariamente
en todo momento; donde el valor es subjetivo y relativo (según época
y sociedad)
El sujeto lo transmite e impone a la sociedad como si se tratara de
una persona jurídica. De aquí las diversas valoraciones culturales
que encontramos a lo largo y a lo ancho de la historia de la
humanidad que en definitiva se han apoyado en la moral o ética
individual y autónoma de la persona que ha actuado como funcionante
del deber ser ético; a partir del discernimiento de saber lo que es
y lo que puede ser. Y esa sociedad de manera circular le responde a
los sujetos en un fluir constante.
Desde la sociología sustento mi postura en Fichter, obviamente no
al amparo de valores inmutables y absolutos; ya que en la trama
social la mutabilidad y la relatividad se erigen en las
características esenciales de todas las sociedades y culturas.
Parafraseando al autor citado ut supra afirmo que los valores no son
lo que se busca, sino los que dan importancia a las cosas que se
buscan. Y las personas los usan como criterios y guías que indican
el camino hacia las metas y los objetivos. Pero hay que advertirle
respetuosamente al autor citado que también en una relación de
circularidad dinámica y constante el ser humano también busca, debe
buscar desde su naturaleza misma conductas valiosas.
Se me dirá que sucede con los marginados por conductas ilícitas y
digo: la problemática y el accionar de estos hermanos debe medirse y
estudiarse; porque el hombre no es por naturaleza malo, quizás
seamos responsables como sociedad de sus miserias. ¿O acaso el niño
que vive en la calle con sustancias alucinógenas diariamente eligió
ese camino? Por otro lado, no obstante lo expresado ut-supra, debe
haber al menos un valor que sea absoluto, inmutable, objetivo... Es
nuestra búsqueda en el presente ensayo.
Para cerrar el campo sociológico debemos señalar que los modos de
comportarse socialmente irradian desde el individuo en soledad para
con la sociedad, que va conformando vidas con distintos tipos de
comportamientos. La aceptación social sobrevendrá positiva o
negativamente de acuerdo a lo que el macrocosmos de cada cultura
informe como los mejores modos de obrar. Ya que en la trama social
los valores se hallan articulados con las pautas de comportamiento,
los roles sociales, los procesos sociales y los sistemas de
estratificación.
A
esta altura de la investigación y desde una cultura del encuentro
observo que se pide realismo, no neutralidad axiológica de la
ciencia y un uso humano y crítico de la tecnociencia que ponga a
salvaguarda la dignidad del hombre, manteniendo en el grupo
familiar los principios éticos que deben estar más allá de toda
especulación, como punto emergente hacia una sociedad ética; que no
requerirá de especializaciones según profesiones ni de naturalezas
creadas artificialmente. Y llego así a una primera reflexión de
alcance provisorio sobre una temática conexa que me preocupa: la
cuestión de la existencia y co-existencia de una o varias éticas.
Y
debo decir que en ésta cuestión arribar a una conclusión única y
valedera es una utopía, pero merced a los planteamientos, podemos
cuestionarnos temáticas con la esperanza de que algún día en algún
lugar de la tierra arribemos a la formulación de una hipótesis que
pueda ser demostrada; entre otras preguntas de carácter abarcativo
encuentro:
-
¿La ética social está determinada por las
éticas individuales o éstas son conformadas por el sistema
ético-social?
-
La ética sobre la que se asienta la
biología y la medicina son diferentes en sus parámetros
esenciales, es propia de cada ser o del grupo social?
-
¿En la praxis de las sociedades se asiste a
la existencia simultánea de diversas éticas aplicadas?
-
¿El hombre posee una única eticidad?
En
principio se puede sostener, desde el deber ser y del ser dos
premisas:
Parafraseando a Jean Bernard:“ El pensamiento científico y la
técnica evolucionan y progresan, pero la sabiduría no lo hace. Es
uno de los dramas de nuestra época. Si la sabiduría hubiese
progresado con la ciencia, no tendríamos la bomba atómica” (Diario
La Nación, Bs. As. 13-11-88 ; Entrevista de Odile Baron Superville.
“La sabiduría de la ciencia”)
QUE
DICE EL DERECHO PERSONALÍSIMO DE LA SALUD
Se
debe tener en cuenta que en el valor y derecho personalísimo a la
salud, en el ámbito de la libertad se incardina un derecho y un
valor más extenso que la contiene que es la vida y desde allí deben
solucionarse los diferentes dilemas éticos y jurídicos cuando
algunas de las normas, principios o valores entren en conflicto con
otras de similar enjundia.
En
segundo término, que es el piso filosófico el que ineludiblemente
sostiene las decisiones tomadas por el hombre. Partiendo del éthos,
que como fenómeno de la moralidad no puede estar ausente de ninguna
cultura, es la factibilidad normativa que acompaña ineludiblemente a
la vida humana, manifestándose en las actitudes, convicciones,
creencias morales y formas de conducta de una persona individual o
de un grupo societario.
Abarca
como tal, todo nuestro obrar, el del médico, el del jurista, el del
paciente, el del padre y el del menor adulto y es el que le imprime
reflexivamente sentido a la vida. Desde lo deóntico o normativo como
desde lo axiológico o valorativo.
Recién
a partir de aquí la ética como cara inseparable de la biología puede
formularse preguntas como: ¿qué debo hacer? ¿qué es valiosos en sí
mismo? o ¿qué es valioso en la vida?
Por lo
tanto, las normas jurídicas nos dicen que se debe hacer y la
filosofía práctica -la ética- pregunta por que se lo debe hacer,
cómo se lo debe hacer, para qué se lo debe hacer y cuando se lo debe
hacer.
Desde
la ética aplicada como “normatividad indirecta de la ética”, al
decir de Nicolai Hartmann se guiará al consentimiento informado en
las distintas prácticas, para poder responder hasta que punto lo
posible es permisible.
Frente
a la falsa ilusión de que más y mejores normas resolverán los
conflictos, digo que no hacen falta más normas jurídicas ni reglas
de tal tenor para regular a nuestro objeto de estudio, hace falta
aplicar la ética.
ELABORACIÓN NORMATIVA
Para la elaboración
de la norma jurídica bioética hay que reconocer la
tridimensionalidad del mundo jurídico desde un realismo genético.
Ya
que al elaborar una norma, como dice Ciuro Caldani, lo que se hace
es “básicamente, producir un reparto –de cierto modo podría decirse
realizar un fenómeno de conducción- y ese reparto debe satisfacer en
el máximo nivel posible los valores jurídicos, que culminan en la
justicia”.
Un
mundo jurídico que necesariamente se integra y relaciona
estrechamente con el mundo político que le da nacimiento a la norma
mediante los poderes constituidos del Estado de Derecho.Así la
elaboración de normas es básicamente un reparto de potencia e
impotencia, que debe comprenderse de manera dinámica y realista.
En
el terreno axiológico, el elaborador debiera investigar las
finalidades objetivas de los acontecimientos y descubrir los valores
respectivos.
En
nuestro tema es muy importante cual es y cual debe ser la relación
del nuevo reparto con los otros que constituyen el sistema jurídico
normativo. Ya que de lo contrario podría perjudicar a los casos
singulares al momento de su aplicabilidad., como también observarse
incongruencias o contrariedades normativas, entre otras
problemáticas.
Por
ejemplo, en el caso específico del CI como
derecho personalísimo vinculado a la disposición del propio cuerpo
en las relaciones clínicas; y que como tal tiene las características
de ser innato, vitalicio, necesario, extrapatrimonial, privado,
absoluto y no indisponible, entre sus principales caracteres,
es inherente al reparto la realización del valor conducción, ya que
según sea el reparto autoritario o autónomo se satisfacerán los
valores respectivos de poder y cooperación; lo cual determina un
grado de eticidad de signo diferente y una valoración también
diversa.
LOS
TRES PILARES
Para
concluir interconectaré tres pilares: a) el lingüístico por medio
del verdadero significado del término bioética; b) el normativo a
través de la Declaración de Helsinki y c) el filosófico.
Respecto al plano lingüístico el mismo Potter es quien destaca el
peligro de la ruptura entre los dos ámbitos del saber: el científico
–referido a los hechos biológicos- y el humanístico -referido a los
valores éticos de la cultura humanística-
El
proceso cientificista referido a los hechos biológicos, abarca los
procesos científicos tecnológicos indiscriminados que ponen en
peligro a la humanidad y su supervivencia sobre la tierra. La
solución es establecer un puente. La ética, entonces, no debe
referirse sólo al hombre sino que debe referirse también a
cualquier.
La
bioética debe unir a la ética (valores éticos) y a la biología
(hechos biológicos). De lo contrario, el progreso científico puede
resultar, paradójicamente, contrario a la capacidad de supervivencia
de la humanidad.
Los
temas bioéticos deben estudiarse sistemáticamente desde la conducta
humana en el ámbito de las ciencias de la vida y de la salud, y
analizarse a la luz de los valores y principios morales (Conf.
Enciclopedia de Bioética, 1978)intervención científica del hombre
sobre la vida en general.
En este
caso la propuesta del tratamiento de los valores es desde una ética
de la vida, el éthos de la vida, que deberá orientar desde la
universalidad la formación de un ser humano capaz de incorporar al
medio el respeto a la vida en general y a la vida humana en su
dignidad esencial, la defensa de la vida frente a las formas de
manipulación, desintegración o destrucción; la promoción de una
ética de la vida que priorice la justicia y la solidaridad como
antídotos del individualismo egoísta y las formas discriminatorias
tan arraigadas en la post-modernidad.
No por
muy conocidas dejan de tener significación aquellas palabras de
Viktor Frankl: “¿Quién es en realidad el hombre? Es el que siempre
decide lo que es. Es el ser que ha inventado las cámaras de gas,
pero asimismo es el ser que ha entrado en ellas con paso firme
musitando una oración”
De aquí
la gran importancia de enseñar a valorar la relación
médico-paciente, no sólo para ofrecer apoyo emocional, sino para
comprender la influencia del contexto que puede determinar un rol
decisivo en la enfermedad. La teoría de que la capacitación
científica debe equilibrarse humanísticamente fue presentada en las
declaraciones de Edimburgo y de Alma Ata, cuando afirmaron el
derecho de las personas a participar en la atención y cuidado de la
salud.
De tal
forma, el fin fundamental de la Bioética es que el hombre pueda
recrear el respeto a la vida, de manera que pueda aprender
que:
1) El
ser humano como persona se manifiesta esencialmente único,
irrepetible, dotado de autoconciencia, interioridad y libertad.
2) Está
llamado a la cultura del encuentro, existe con otros en el mundo
para realizarse con ellos en su historia personal y comunitaria
3 )
Reclama un respeto incondicional y en este sentido absoluto-
4 )
Porque es libre, se compromete con un sistema de valores que otorgan
sentido a su vida.
5 ) Es
capaz de definir un proyecto vocacional, existencial y trascendente
6)
Por ser persona, posee dignidad absoluta y por lo tanto tiene el
derecho de vivir dignamente acorde a su esencia.
7) Su
inteligencia racional le permitió descubrir las leyes de la
naturaleza e intervenir en ellas- pero como se viene señalando-
En
consonancia con estas ideas directrices, el Convenio para la
protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con
respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina. Convenio
relativo a los derechos humanos y la biomedicina, aprobado por el
Comité de Ministros el 19 de noviembre de 1996 Consejo de Europa,
sostiene la necesidad de respetar al ser humano a la vez como
persona y como perteneciente a la especie humana y reconociendo la
importancia de garantizar su dignidad, lo cual equivale al respeto
por la vida misma. Afirmando que los progresos en la biología y en
la medicina deben ser aprovechados en favor de las generaciones
presentes y futuras.
Desde
sus disposiciones generales garantiza a toda persona sin
discriminación alguna la dignidad, la identidad, el respeto a su
integridad y los demás derechos y libertades fundamentales con
respecto a las aplicaciones de la biología y de la medicina. (1) En
cuanto a las situaciones de urgencia, cuando no puede obtenerse el
CI, podrá procederse inmediatamente a cualquier intervención
indispensable desde el punta de vista médico a favor de la salud de
la persona afectada. (Convenio del Consejo de Europa, 1.997)
Deben
tomarse en consideración los deseos expresados con anterioridad con
respecto a una intervención médica por un paciente que, en el
momento de la intervención, no se encuentre en situación de expresar
su voluntad.
A lo que
se suman los elementos del CI a tener en cuenta por los
profesionales de la salud, como :descripción de los objetivos de
estudio, tipo de tratamiento y modo como el paciente será asignado,
efectos positivos y negativos predecibles, informaciones
alternativas, libertad de preguntar y de retirarse y seguridad de
requerir un tratamiento adecuado en caso de retirarse.( Elementos
conforme al Código de Regulaciones Generales de los EEUU 1989 y
“Aspectos éticos y consentimiento informado” en Rev, Hosp. Clínico
Univ. de Chile, vol 3, nº3/4 1992).
·
En segundo
lugar, la Declaración de Helsinki, señala una serie de
recomendaciones para guiar a los médicos en la investigación
biomédica de seres humanos; adoptadas por la 18º Asamblea Médica
Mundial, Finlandia 1964 y desde su introducción marca la misión del
médico de velar por la salud de la humanidad. En concordancia la
Declaración de Ginebra de la Asociación Médica Mundial. Señala el
deber del médico con las palabras: “velar solícitamente y ante todo
por la salud de mi paciente” y en el Código Internacional de Etica
Médica se declara que el médico debe actuar solamente en el interés
del paciente, al proporcionar atención médica que pueda tener efecto
de debilitar la condición mental y física del paciente.Si el médico
considera esencial no obtener el permiso consiente del individuo, él
debe expresar las razones específicas de su decisión, en el
protocolo que se transmitirá al comité independiente.
La 5º
Reforma de la Declaración del año 2.000 aumenta las exigencias para
las investigaciones, enfatiza la responsabilidad ética y legal del
investigador, remarca el deber del médico de proteger la vida, la
salud, la intimidad y la dignidad, la necesidad de realizar un
balance entre costo-beneficio de la investigación, en principio la
abstención de participar en proyectos de investigación seres
humanos, salvo que existan razones que la justifiquen para una
determinada población.
Por
último de la filosofía de la declaración se desprende, entre otras
normas, la que estipula que si hay esperanza de salvar la vida,
restituir la salud o aliviar el sufrimiento, el médico puede
permitirse usar procedimientos preventivos, diagnósticos y
terapeúticos nuevos o no probados con el C.I. del paciente.
“Es
deber del médico permanecer en su rol de protector de la vida y la
salud del individuo sujeto a la investigación biomédica.” (Cabello
Experimentación en humanos, derechos humanos y ética médica)
Y ya en
el nivel de análisis que he dejado para el cierre, como conjuga
todos estos elementos la axiología.
Para la
corriente estadounidense que enfatiza el valor autonomía el
consentimiento informado, es sin lugar a dudas el determinante de
que una investigación sea ética. Sin embargo para otros, existen
siete requisitos éticos para evaluar la ética de la investigación
clínica y ellos son: el valor social o científico de la misma, su
validez científica, la selección equitativa de los sujetos, una
razón riesgo-beneficio favorable, una evaluación independiente, el
consentimiento informado y el respeto por los sujetos inscriptos.
Los cuales proporcionan un marco sistemático para guiar las
evaluaciones de los protocolos de las investigaciones.
Al
margen de la disputa doctrinaria, para nuestro enfoque en este
acápite lo que interesa es que para ser ética la investigación
clínica debe tener valor, lo que representa un juicio sobre la
importancia social, científica o clínica de la investigación También
se debe evaluar si una intervención conduce a mejorar en la salud o
al bienestar de la población, realizando un estudio preliminar antes
de una intervención o las pruebas necesarias previas a un avance
científico. Y ese valor social debe ser ético no sólo porque hay que
usar responsablemente los recursos limitados como dinero, espacio y
tiempo, sino fundamentalmente porque no se puede exponer al hombre a
riesgos y daños potenciales o sin la posibilidad de algún beneficio
personal o social con el eje de valoración en la vida misma; la
cual muchas veces se desconoce en la frecuente explotación de las
poblaciones vulnerables.
No es
ajeno el bien común en consonancia con la dignidad humana y la
interrelación necesaria que debe existir entre ambos en la bioética.
Campo
por demás complejo como nuestro fenómeno jurídico y la tarea que le
concierne al elaborador de normas bioéticas.
CONCLUSIÓN
En pocas palabras procedo a realizar una reflexión
abierta pero concluyente, desde el momento mismo que el ser humano
es
persona posee dignidad absoluta y por lo tanto tiene el derecho de
vivir dignamente acorde a su esencia,
al mismo tiempo que el deber de respetar a los otros en su dignidad.
Con lo
cual queda dicho que ésta se erige en el pilar sobre el que deberá
asentarse el bien común y que las políticas de los Estados o de los
laboratorios, como los distintos avances biológicos no podrán,
desconocer la esencia misma de nosotros que lleva el signo de lo
supremo. Debe salvarse de ese modo a la dignidad y con ésta al
hombre en ésta época de crisis de valores con una tecnociencia
vacía de contenido.
Las
generaciones futuras son el proyecto y la esperanza que debe guiar
nuestro accionar diario para encauzar los cada vez más complejos
dilemas bioéticos por la senda de la naturaleza y de la vida
La
interrelación bien común- dignidad es de esperar que vuelva a su
cauce natural de paridad y equidistancia. Y que las normas como
objetos culturales respondan realmente a los conflictos bioéticos
En un
espacio y tiempo que al mirar la realidad no puede dejar de advertir
que poder , política y normas constituyen (y constituyeron) una
trilogía inseparable que deberá buscar en la justicia al criterio
orientador que asegure un espacio de libertad en la línea de la vida
.
Autora: Dra. Miriam Magdalena Sanders Bruletti
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